jueves, 22 de septiembre de 2011

Cambios Semanticos

El cambio semántico

La lengua no es algo fijo e inmutable, las palabras cambian con el paso del tiempo. Cuando esos cambios afectan al significado, se dice que se ha producido un cambio semántico.
Las palabras pueden adquirir un nuevo significado o modificar su significado original, lo que se conoce con el nombre de cambio semántico. Entre los posibles tipos de cambio semántico destacan por su frecuencia dos: la ampliación y la alteración del significado.
En lingüística se entiende por cambio semántico cualquier modificación de la relación que existe entre la forma y el significado de una palabra o expresión o, dicho con palabras menos técnicas, la variación de significado que sufren las palabras a lo largo de su historia. Entre los efectos de este tipo de cambios hay que destacar la evolución del significado, la desaparición de la palabra al perderse el contexto en el que se usaba (mortandad léxica), y la desaparición de la forma de la palabra pero no del concepto.
En el primer caso, puede darse una reducción o una ampliación del significado (dependiendo de si la palabra se circunscribe a un ámbito más reducido o se extiende a uno más general) e incluso una alteración (‘castigar’, por ejemplo, significaba en castellano antiguo ‘aconsejar’).
En el segundo caso (la desaparición de una palabra al perderse el contexto en el que se usaba), los procesos de mortandad léxica se ven favorecidos por la pérdida de costumbres, tradiciones, productos, oficios, etcétera. En algunas zonas rurales se conservan todavía palabras que están ya fuera de uso en las ciudades.
Como ilustrativo del último caso, ¿quién se acuerda hoy –si es que ha formado parte del léxico activo de alguno de ustedes, cosa que dudo– de la molsa (lana o pluma de colchón), de la robra (con la acepción de ‘escritura o papel autorizado para la seguridad de las compras y ventas o de cualquier otra cosa’) o de una enfinta (fraude o engaño)? Se trata de vocablos que algunos diccionarios (concretamente el Diccionario académico en su vigésima segunda edición: 2001; versión electrónica, 2003) registran como anticuados [ant.], aunque el concepto que designan no ha desaparecido: siguen existiendo colchones con diferente relleno, documentos de compra–venta y engaños y fraudes.
Hoy nos ocuparemos del término nominar, que ha extendido su significación a otros ámbitos, es decir, en el que se ha producido una ampliación de significado. Lo sorprendente no es su amplitud significativa, sino que las nuevas acepciones hayan quedado registradas en los diccionarios, una prueba de cómo los usos influyen en la norma.
Hasta hace bien poco, la utilización de nominar con el significado de ‘designar a alguien para un cargo o cometido’ y de ‘presentar o proponer a alguien para un premio’ (segunda y tercera acepciones del Diccionario académico, 22ª edición), se consideraba una impropiedad léxica. Desde el Diccionario de Autoridades (1734) hasta la edición de 1992, el único significado registrado de este vocablo era ‘dar nombre a una persona o cosa’.
En la última edición del Diccionario la RAE ha incluido las dos acepciones anteriores. Por tanto, aunque alguno de ustedes tenga cierto reparo en considerar correctos enunciados del tipo Los sistemas democráticos nominan a sus representantes por medio de elecciones y En la asamblea se propondrá la subida de la cuota y se nominarán tres interventores de cuentas, porque preferirían utilizar el verbo nombrar, deben saber que son correctos pero menos frecuentes. En este caso, y con el mismo significado, también puede designarse la persona con un pronombre personal átono (lo/los, la/las, y no le/les para varones porque estaríamos ante un caso de leísmo) seguido del cargo o cometido asignado, como en A Juan lo han nombrado inspector o A Ana la han nombrado directora (Al director del centro lo han nominado Ministro de Cultura). Y es incorrecto anteponer como al cargo. Hay que decir Han nombrado (o nominado) al director del centro Ministro de Cultura y no Han nombrado (o nominado) al director del centro como Ministro de Cultura.
Cuando se trata de proponer, presentar o señalar a una persona o cosa para que le sea concedido un premio (la tercera acepción en la edición de 2001), puede usarse tanto nombrar como nominar, aunque ‘nominar’ en la actualidad es más frecuente por influencia del inglés ‘nominate’. Todos sufrimos cada año el atosigamiento por parte de los medios de comunicación con las nominaciones para los premios cinematográficos. Diremos entonces que tal actriz fue nominada para el premio a la mejor interpretación femenina.
Lo que no es aceptable es usar nominar para proponer, presentar o señalar a una persona para algo negativo. Estaríamos entonces ante una impropiedad léxica. Lamentablemente, algunos medios de comunicación han contribuido a la extensión de este uso, sobre todo a través de ciertos programas–concurso como ‘Gran Hermano’ u ‘Operación Triunfo’. El día de las ‘nominaciones’, el público o los propios concursantes ‘nominan’ a alguien para abandonar el concurso. El concursante pasa entonces a estar ‘nominado’. Lo correcto sería en este caso utilizar proponer o seleccionar a alguien para abandonar el concurso.
Para terminar, una curiosidad al respecto: En el caso de las personas designadas para ocupar un cargo se habla generalmente de nombramientos (y no de nominaciones, aunque pueda usarse el verbo nominar) y en el caso de propuestas para un premio se habla de nominaciones (y no de nombramientos, aunque pueda usarse el verbo nombrar).

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